La Constitución de Panamá reserva a los nacionales de España y de los Estados latinoamericanos una vía de naturalización más corta que la general. Para Ecuador, la lista oficial del Servicio Nacional de Migración fija dos años de residencia permanente. Así funciona, con sus requisitos y sus matices.
El artículo 10 de la Constitución Política de Panamá establece tres supuestos de naturalización: cinco años consecutivos de residencia para los extranjeros en general; tres años para quienes tienen hijos nacidos en Panamá o cónyuge panameño; y, en su numeral 3, los nacionales por nacimiento de España o de un Estado latinoamericano, si llenan los mismos requisitos que en su país de origen se exigen a los panameños para naturalizarse. Es el principio de reciprocidad.
El Servicio Nacional de Migración publica la lista de países con convenios de reciprocidad según los años de residencia permanente exigidos. Ecuador figura en el grupo de dos años, junto a Argentina, España, Honduras, México, Nicaragua, Perú y Colombia; Uruguay está en tres y El Salvador en uno. Es decir, un ecuatoriano puede solicitar la carta de naturaleza con dos años de residencia permanente, frente a los cinco de la regla general.
Cuentan los años de residencia permanente, no los de residencia provisional. En la vía de Países Amigos, el calendario realista para un ecuatoriano es:
| Etapa | Duración |
|---|---|
| Residencia provisional de Países Amigos | 2 años |
| Residencia permanente antes de poder solicitar la carta de naturaleza | 2 años según la lista de Migración (prever hasta 3) |
| Tramitación de la carta de naturaleza | Según los despachos panameños, de dos a cinco años; el Gobierno anunció en 2024 medidas para agilizar los más de 4,000 expedientes pendientes |
Es, con todo, una de las vías más cortas y previsibles de la región para obtener un segundo pasaporte con acceso sin visa a más de 140 destinos.
La norma panameña exige incluir en la solicitud una renuncia expresa a la nacionalidad de origen y prestar juramento en ese sentido. Por su parte, la Constitución del Ecuador dispone en sus artículos 6 y 8 que la nacionalidad ecuatoriana no se pierde por la adquisición de otra nacionalidad. En la práctica, Panamá no comunica la renuncia a Ecuador ni exige prueba de su efecto, y Ecuador no le reconoce efectos. Es un terreno que requiere asesoría individual; no publicamos promesas genéricas de doble nacionalidad, sino un análisis caso por caso.
Para empresarios y familias que buscan, además de la residencia, una segunda nacionalidad sólida, en un país dolarizado, con pasaporte de amplia movilidad y a dos horas de casa. Studio Panama Italia plantea la estrategia completa desde la primera reunión: vía de residencia, estructura patrimonial, residencia fiscal y calendario hacia la naturalización.
Cada año de residencia bien planificado cuenta. Hablemos de su calendario.